Tajo Lentejuela
Descripción de la situación
En el 2014 se publica la Resolución de 21 de febrero de 2014, de la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente en Málaga, que regula la práctica de la escalada en el entorno del Tajo de la Lentejuela, en el término municipal de Teba (Málaga)
Esta resolución establece una regulación temporal para la escalada en la zona de Tajo de Lentejuela. En concreto está prohibido escalar desde el 15 de diciembre al 1 de julio, pudiendo en caso necesario modificarse dicho período en función de las necesidades de protección de la nidificación de las especies aviares catalogadas presentes en la zona regulada.
La zona en la que la actividad de la escalada está prohibida está determinada por el polígono, cuyas coordenadas UTM, en metros, zona 30N y en el sistema de referencia ED50, son:
PUNTOS | Coordenada X | Coordenada Y |
---|---|---|
1 | 326.754,57 | 4.093.059,01 |
2 | 326.814,17 | 4.093.040,53 |
3 | 326.818,94 | 4.092.874,24 |
4 | 326.765,90 | 4.092.874,83 |
Además, según indican desde la Asociación Andaluza de Escaladores las vías están desequipadas.
Regulaciones
Prohibido escalar desde el 15 de diciembre al 1 de julio
En rojo la zona en la que no está permitido escalar según las coordenadas publicadas.
Regulaciones en Andalucía
Normativa
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publicado en Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 40 de 27 de febrero de 2014 | En vigor
Enlaces
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Fuente oficial
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