Tajo del Molino
Zona con restricciones activas
Descripción de la situación
Mediante la Resolución de 14 de junio de 2012, de la Delegación Provincial de Medio Ambiente de Málaga,se prohibía la escalada de forma permanente en el «Tajo del Molino», término municipal de Teba, sin embargo, el 4 de junio de 2019 la Junta de Andalucía publicaba la Resolución de 29 de mayo de 2019, de la Delegación Territorial de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible en Málaga, por la que se modifica la Resolución de 14 de junio de 2012, de la Delegación Provincial de Medio Ambiente de Málaga, por la que se prohíbe la escalada de forma permanente en el «Tajo del Molino», término municipal de Teba.
En la nueva resolución del 29 de mayo de 2019, y para proteger al Alimoche se ha tenido en cuenta que el periodo de migración prenupcial, reproducción y cría en la provincia no coincida con la autorización temporal de la escalada considerando dos zonas dentro del cañón.
En la Resolución de 2019 se establece:
- Una zona en la Parte Norte del cañón donde se va a prohibir la escalada durante todo el año y donde ya se ha retirado una antigua vía ferrata, por parte del colectivo de escaladores.
Queda prohibida, durante todo el año, la actividad de la escalada en la zona determinada por el polígono, cuyas coordenadas UTM, en metros, zona 30N y en el sistema de referencia ETRS89, son:
PUNTOS | Coordenada X | Coordenada Y |
---|---|---|
1 | 332509 | 4095236 |
2 | 332912 | 4095236 |
3 | 332912 | 4094787 |
4 | 332509 | 4094787 |
- Otra zona en la parte Sur en la que se va a prohibir la escalada de forma temporal desde parte del invierno, primavera y parte del verano, y se va a autorizar su practica el resto del año bajo las condiciones establecidas en la presente Resolución.
Queda autorizada, durante los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre, la actividad de la escalada en la zona determinada por el polígono, cuyas coordenadas UTM, en metros, zona 30N y en el sistema de referencia ETRS89, son:
PUNTOS | Coordenada X | Coordenada Y |
---|---|---|
1 | 332509 | 4094782 |
2 | 332802 | 4094782 |
3 | 332802 | 4094379 |
4 | 332509 | 4094379 |
Además también se establece:
- La práctica de la escalada en la zona permitida, está autorizada a efectos medioambientales, sin perjuicio de cualquier otra autorización necesaria para la realización de dicha actividad.
- La apertura y equipamiento de nuevas vías de escalada, en la zona permitida, estarán sometidas a autorización.
- Durante la práctica de la escalada se minimizará, con carácter general, el impacto sobre la fauna silvestre, especialmente la producción de ruidos u otras molestias que se pudieran producir de manera innecesaria.
- Durante la práctica de la escalada se minimizará, con carácter general, el impacto sobre la flora silvestre y su hábitat, estando totalmente prohibido dañar o arrancar especies silvestres en régimen de protección especial y/o amenazadas.
- Se respetará en todo momento el hábitat de ribera que se distribuye a lo largo del cañón, compuesto por adelfares y tarajales.
- Se prohíbe encender fuego, arrojar o abandonar colillas, cigarros o cualquier material susceptible de originar un incendio. Asimismo se prohíbe arrojar basuras.
La Asociación Andaluza de Escaladores ha colocado un cartel indicador de las zonas permitidas y prohibidas a la entrada de la escuela. Ver noticia
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Normativa
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publicado en Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 71 de 16 de abril de 2021 | En vigor
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publicado en Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 105 de 4 de junio de 2019 | En vigor
Asociación Andaluza de Escaladores AAEE
[email protected] | http://www.escaladoresandaluces.com/
La Asociación Andaluza de Escaladores (AAEE), tiene entre sus principales objetivos el defender el libre acceso a las zonas de escalada situadas en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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