Barranquismo en la Sierra de Guara

Actualizado 03:03 01/03/24 Huesca · Barranquismo

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Descripción de la situación

El DECRETO 204 /2014, de 2 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que aprueba el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural de la Sierra y los Cañones de Guara establece la regulación para el barranquismo en la sierra de Guara.

En la práctica del barranquismo se observarán medidas para minimizar los impactos negativos de esta actividad sobre el medio, proporcionando a la misma una mayor fluidez, dado que es en los lugares de mayor concentración de barranquistas donde los impactos negativos son mayores:

  • El tamaño máximo de los grupos para realizar la actividad de descenso de barrancos
    • Máximo diez personas, sin contar el guía: en el tramo del río Vero, en los tramos del río Alcanadre conocido como “barranco de Barrasil” y “Peonera” y en los tramos de río Balcés o Isuala conocidos como “Balcés Superior” y “estrechos de Balcés”.
    • Máximo cuatro personas, sin contar el guía: el tramo del río Formiga conocido como “barranco del Gorgonchón”.
    • Máximo ocho personas, sin contar el guía : en el resto de los barrancos situados en el Parque de la Sierra de Guara y Cañones de Guara y su zona periférica de protección.
       
  • Se establece una frecuencia mínima de entrada en los barrancos, entre los grupos, de diez minutos.
     
  • En los barrancos que presenten rápeles será obligatorio:
    • el uso de un material colectivo imprescindible, consistente en una cuerda de longitud apropiada para cada barranco y de un material personal para cada componente del grupo consistente en arnés con descensor y mosquetón.
    • Como material personal será obligatorio el uso de traje de neopreno, compuesto por un mono integral o dos piezas, en:
      • el tramo del río Flumen conocido como “Palomeras del Flumen”.
      • en los tramos del río Formiga conocidos como “barranco del Formiga” y “barranco del Gorgonchón”
      • en los tramos del río Alcanadre conocidos como “Gorgas negras”, “barranco de barrasil”, y “barranco de la Peonera”
      • en el tramo del río Mascún conocido como “Mascún superior”, en los tramos del río Balcés o Isuala conocidos como “Balcés superior”, “oscuros de Balcés” y “estrechos de Balcés”
      • en el tramo del río Vero y en el tramo del barranco del Fornocal conocido por este nombre.
         
  • En el ascenso de la “Canal del Palomo” no se podrá entrar en las pozas o badinas, por razones de protección de la fauna existente.

Además existen barrancos que pueden realizarse tan solo en determinadas fechas. Puedes consultarlo en el apartado regulaciones situado bajo este texto.

Zonas / Sectores

Barranco de la Choca
Actividad sujeta a autorización previa entre el 1 de enero y el 31 de diciembre
Barranco Otín
Actividad sujeta a autorización previa entre el 1 de marzo y el 30 de junio
Barranco de San Martín de la Val de Onsera
Prohibido todo el año
La Canaleta
Prohibido todo el año
Las Cuevas de la Reina
Prohibido todo el año
Barranco de Chimiachas
Prohibición entre el 1 de enero y el 15 de julio
Barranco de Lazas
Prohibición entre el 1 de diciembre y el 31 de junio
Zona de Vadiello
San Chinés
Prohibición entre el 1 de diciembre y el 30 de junio
Isarre
Prohibición entre el 1 de diciembre y el 30 de junio
Escomentué
Prohibición entre el 1 de diciembre y el 30 de junio
Piedre Foratata
Prohibición entre el 1 de diciembre y el 30 de junio
Barrancos de Yara y Formiga hasta su mutua confluencia
Prohibición entre el 1 de diciembre y el 30 de junio
Sector / Zona
Regulaciones
Barranco de la Choca
Actividad sujeta a autorización previa entre el 1 de enero y el 31 de diciembre
Barranco Otín
Actividad sujeta a autorización previa entre el 1 de marzo y el 30 de junio
Barranco de San Martín de la Val de Onsera
Tramo comprendido en los cien metros de aguas debajo de la ermita de San Martín de la Val de Onsera
Prohibido todo el año
La Canaleta
Prohibido todo el año
Las Cuevas de la Reina
Prohibido todo el año
Barranco de Chimiachas
Prohibición entre el 1 de enero y el 15 de julio
Barranco de Lazas
Prohibición entre el 1 de diciembre y el 31 de junio
Zona de Vadiello
San Chinés
Prohibición entre el 1 de diciembre y el 30 de junio
Isarre
Prohibición entre el 1 de diciembre y el 30 de junio
Escomentué
Prohibición entre el 1 de diciembre y el 30 de junio
Piedre Foratata
Prohibición entre el 1 de diciembre y el 30 de junio
Barrancos de Yara y Formiga hasta su mutua confluencia
Prohibición entre el 1 de diciembre y el 30 de junio

Regulaciones

Actividad sujeta a autorización previa
1 ene
Autorización En periodo de regulación
31 dic

Descenso del Barranco de la Choca


Actividad sujeta a autorización previa
Permitido
1 mar
Autorización En periodo de regulación
30 jun
Permitido

Descenso del Barranco Otín


Actividad prohibida determinados meses
Permitido
1 dic
Prohibición En periodo de regulación
30 jun
Permitido

Barrancos de la zona de Vadiello:

  • Isarre
  • Escomentué
  • San Chinés
  • Piedre Foratata
  • En los barrancos de Yara y Formiga hasta su mutua confluencia.

Actividad prohibida durante todo el año
1 ene
Prohibición total En periodo de regulación
31 dic

La Canaleta” y “las cuevas de la Reina” en la Peña de San Cosme y Barranco de San Martín, en el tramo comprendido en los cien metros de aguas debajo de la ermita de San Martín de la Val de Onsera.


Actividad prohibida determinados meses
Permitido
1 ene
Prohibición En periodo de regulación
15 jul
Permitido

Actividad prohibida determinados meses
Permitido
1 dic
Prohibición En periodo de regulación
31 jun
Permitido

Descenso del Barranco de Lazas


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Otros datos de esta área

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Javier Sancho

Administrador regional


Javier Sancho es el administrador regional de esta área y la mantiene actualizada



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