Barranco de Lazas
Descripción de la situación
El DECRETO 204 /2014, de 2 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que aprueba el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural de la Sierra y los Cañones de Guara establece la regulación para el barranquismo en la sierra de Guara.
El Gobierno de Aragón ha establecido que está prohibido realizar el descenso del barranco de Lazas entre el 1-12 y el 30-06.
En la práctica del barranquismo se observarán medidas para minimizar los impactos negativos de esta actividad sobre el medio, proporcionando a la misma una mayor fluidez, dado que es en los lugares de mayor concentración de barranquistas donde los impactos negativos son mayores:
- El tamaño máximo de los grupos para realizar la actividad de descenso de barrancos no excederá de[...] ocho personas, sin contar el guía, en su caso, en el resto de los barrancos situados en el Parque de la Sierra de Guara y Cañones de Guara y su zona periférica de protección [...]
- Se establece una frecuencia mínima de entrada en los barrancos, entre los grupos, de diez minutos.
- En los barrancos que presenten rápeles será obligatorio el uso de un material colectivo imprescindible, consistente en una cuerda de longitud apropiada para cada barranco y de un material personal para cada componente del grupo consistente en arnés con descensor y mosquetón. [...]
Regulaciones
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Otros datos de esta área
Regulaciones en Aragón
Normativa
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publicado en Boletín Oficial de Aragón (BOA) nº 248 de 19 de diciembre de 2014 | En vigor
Enlaces
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