Atxarre
Zona con restricciones activas
Descripción de la situación
Mediante el DECRETO 139/2016, de 27 de septiembre, por el que se aprueba el Plan Rector de Uso y Gestión de la Reserva de la Biosfera de Urdaibai se establece:
Artículo 4.4.2.4.– Escalada y/o actividades de aventura de naturaleza y espeleología
- B.1.3.
- 2.– Se establece la siguiente regulación general para la escalada:
- a) No se podrá abandonar material del tipo cuerdas, cintas, mosquetones, colchonetas, etc., en las vías de escalada ni en las zonas de búlder, salvo por seguridad o en el caso de las cintas express en vías de difícil colocación.
- b) Durante la apertura, equipamiento y reequipamiento de vías, las cuerdas fijas deberán estar el menor tiempo posible y se retirarán una vez terminados los trabajos.
- c) No se destruirá la vegetación de la pared ni del pie de vía.
- d) En el caso de encontrar un nido en la pared no podrá rebasarse su altura y se deberá bajar lo antesposible sin hacer ruido. e) No se alterará el entorno con gritos ni ruidos estridentes.
- f) Los vehículos se aparcarán en las zonas de acceso desde la red viaria y no se podrá circular por pistas forestales.
- g) No se utilizará pintura ni cualquier otro material para marcar la situación de las vías a pie de pared.
- 3.– La Diputación Foral de Bizkaia establecerá los períodos y lugares en los que se permite la escalada, preservando las zonas y épocas críticas para la reproducción del paíño europeo y rapaces rupícolas.
- 2.– Se establece la siguiente regulación general para la escalada:
En la imagen: Zona roja: Prohibida // Zona verde: Permitida
Regulaciones
La Diputación Foral de Bizkaia ha establecido que en Atxarre no se podrá escalar en el área inmediatamente situada bajo el primer muro rocoso que está por debajo de la ermita.
Regulaciones en Euskadi/País Vasco
Normativa
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publicado en Boletín Oficial del País Vasco (BOPV) nº 226 de 28 de noviembre de 2016 | En vigor
Enlaces
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