Espacio natural protegido
Parque Natural de los Calares del Mundo y de la Sima
Actualizado
7 noviembre 2024
Descripción de la situación
El Parque Natural de los Calares del Mundo y de la Sima, declarado como tal mediante la Ley 3/2005, de 5 de mayo, es una de las áreas protegidas más emblemáticas de Castilla-La Mancha, en España. Este parque se destaca por su valor geológico, ecológico y paisajístico, siendo hogar de una rica biodiversidad y formaciones cársticas impresionantes, como las simas y calares, junto con el icónico Nacimiento del Río Mundo.
Para garantizar su conservación y uso responsable, las actividades deportivas y de aventura en el entorno natural están reguladas a través de la Orden de 17 de febrero de 2010 de la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente de Castilla-La Mancha. Esta normativa establece pautas para actividades como el senderismo, la escalada y la espeleología, asegurando que se desarrollen en armonía con el medioambiente y respeten los valores naturales y la tranquilidad de este espacio protegido.
Esta orden establece
- Punto e) Espeleología.
- La espeleología es una actividad autorizable según lo contemplado en la Ley 3/2005, de 5 de mayo de 2005, de Declaración del Parque Natural de los Calares del Mundo y de la Sima.
- 2.- Autorización para grupos de espeleología.
Se autorizará esta actividad a personas o grupos en los que todos sus componentes estén en posesión de la correspondiente licencia federativa en vigor. Los grupos serán de 8 componentes como máximo, con un máximo de 4 días de visita y un máximo total de 4 grupos por mes.
En caso de no estar federados, junto con la solicitud se deberán adjuntar los certificados de cada uno de los participantes de asistencia a Cursos Técnicos de Espeleología, especificando el nivel de perfeccionamiento, homologados por alguna de las Escuelas de Espeleología existentes en el Estado Español. Igualmente se adjuntará fotocopia compulsada del documento que acredite estar en posesión de un seguro que cubra accidentes deportivos, incluida la espeleología, en los aspectos que recoja la legislación española vigente.
- 2.- Autorización para grupos de espeleología.
- La espeleología es una actividad autorizable según lo contemplado en la Ley 3/2005, de 5 de mayo de 2005, de Declaración del Parque Natural de los Calares del Mundo y de la Sima.
Es necesario solicitar permiso para
- Cueva de los Chorros (los 3 sectores, excepto las zonas prohibidas que se señalicen en su interior)
- Cueva de la Pedorrilla
- Cueva del Farallón
- Sima del Barranco de los Pinos
- Sima de los Jumillanos
- Sima del Mirador.
Áreas con regulaciones
Barranquismo
Espeleología
Otros datos del espacio natural protegido
Normativa
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publicado en Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) nº 205 de 23 de octubre de 2017 | En vigor
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publicado en Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) nº 47 de 9 de marzo de 2010 | En vigor
Enlaces