La Silla de Felipe II, El Escorial
Zona con restricciones activas
Descripción de la situación
La Silla de Felipe II es una de las zonas de bloque más conocidas de la Comunidad de Madrid, durante años la escalada estuvo prohibida (aunque sin una regulación clara).
Recientemente Patrimonio Nacional ha publicado el denomindado " PLAN DE PROTECCIÓN MEDIOAMBIENTAL DEL BOSQUE DE LA HERRERÍA" mediante la Resolución de 2 de julio de 2019, de la Gerencia del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 29 de marzo de 2019, por el que se aprueba el Plan de Protección Medioambiental del Bosque de la Herrería .
En este plan regulan la escalada en bloque en todo el ámbito del Bosque de la Herrería, lugar en la que está la zona de bloque de La Silla de Felipe II.
Se establece:
Artículo 26. No son autorizables en zonas de acceso público las actividades deportivas siguientes:
- 5.- El ''boulder'' o práctica de escalada libre sobre afloramientos rocosos singulares.
Anejo1. Normas generales de comportamiento de usuarios y visitantes
- 25.- Queda prohibido en el ámbito del Bosque la práctica del ''boulder'' o escalada libre sobre afloramientos rocosos singulares.
Dicho plan no define "afloramientos rocosos singulares" por lo que en un principio toda la actividad de escalada en bloque en el entorno del Bosque de la Herrería estaría prohibida.
Regulaciones
Regulaciones en Comunidad de Madrid
Normativa
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publicado en Boletín Oficial del Estado (BOE) nº 159 de 4 de julio de 2019 | En vigor
*La regulación de esta zona puede no estar actualizada o presentar errores. Por favor, consulta fuentes oficiales. Esta información tan solo es orientativa.
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