La Forcada

Actualizado 03:02 15/02/24 Asturias · Escalada

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Descripción de la situación

El apartado 5.2.e) del Decreto 150/2002, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Plan de Manejo del Halcón Peregrino (Falco peregrinus) en el Principado de Asturias, incluye entre las directrices y actuaciones a realizar, el regular en las áreas críticas para dicha especia el desarrollo de ciertas actividades recreativas en el período comprendido entre el 15 de febrero y el 30 de junio. Entre las actividades sometidas a regulación se encuentran, entre otras, la escalada.

Por ello, y para proteger el Halcón Peregrino, la Consejería de agroganadería y recursos autóctonos del Principado de Asturias en su Resolución de 22 de marzo de 2012, por la que se regula la escalada en determinadas áreas críticas para el Águila Real, el Alimoche Común y el Halcón Peregrino en el Principado de Asturias regula la escalada en la zona de La Forcada.

En la escuela de escalada de La Forcada está prohibido escalar por nidificación del 15 de febrero al 30 de junio

Posteriormente, en 2021 se publica la Resolución de 12 de abril de 2021, de la Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial, en orden de la protección del águila real (Aquila chrysaetos) al alimoche común (neophron percnopterus), al halcón peregrino (Falco peregrinus) y al buitre leonado (Gyps fulvus) durante sus períodos de reproducción y crianza

En 2022 se vuelve a modificar mediante la resolución Resolución de 15 de noviembre de 2022, de la Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial, por la que se regula la escalada en determinadas áreas críticas para aves rapaces rupícolas protegidas en el Principado de Asturias.

En esta última resolución se establecen las zonas permitidas y restringidas.

Leyenda de las zonas del mapa:

  1. Zonas en la que está prohibida la escalada durante la época de reproducción de las aves rapaces rupícolas protegidas presentes en la zona. Representada en rojo.
  2.  Zonas en las que la restricción temporal podrá ser retirada para aquellos nidos en los que se compruebe, por parte de la Guardería y/o técnicos de la Dirección de General del Medio Natural y Planificación Rural, que las especies consideradas se están reproduciendo en otros nidos de su territorio fuera de las zonas de escalada. Representada en amarillo.
  3. Zonas en las que no existe restricción para escalar. Representada en verde.
  4. Zonas piloto en las que se hará un seguimiento por parte de Guardería y/o técnicos de la Dirección de General del Medio Natural y Planificación Rural de las interacciones entre la práctica de la escalada y la reproducción de las aves rapaces rupícolas. En dichas zonas los escaladores deberán ser cautelosos en su práctica deportiva para evitar molestias a las aves rapaces rupícolas reproductoras de la zona. En el anexo cartográfico representada en tramado negro

 

Imágenes

Zonas / Sectores

Los Frayaos
Prohibición entre el 15 de febrero y el 30 de junio
La Torrexona
Prohibición entre el 15 de febrero y el 30 de junio
Pared Roja
Prohibición entre el 15 de febrero y el 30 de junio
El Callejón
Prohibición entre el 15 de febrero y el 30 de junio
La forcada
Prohibición entre el 15 de febrero y el 30 de junio
El cercau
Prohibición entre el 15 de febrero y el 30 de junio
Sector / Zona
Regulaciones
Los Frayaos
Prohibición entre el 15 de febrero y el 30 de junio
La Torrexona
Prohibición entre el 15 de febrero y el 30 de junio
Pared Roja
Prohibición entre el 15 de febrero y el 30 de junio
El Callejón
Prohibición entre el 15 de febrero y el 30 de junio
La forcada
Prohibición entre el 15 de febrero y el 30 de junio
El cercau
Prohibición entre el 15 de febrero y el 30 de junio

Regulaciones

Actividad prohibida determinados meses
Permitido
15 feb
Prohibición En periodo de regulación
30 jun
Permitido

Los Frayaos; La Torrexona; Pared Roja; El Callejón; La Forcada; El Cercau.

Afecta a los sectores/zonas/vías:
  • Los Frayaos
  • La Torrexona
  • Pared Roja
  • El Callejón
  • La forcada
  • El cercau

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