La Forcada
Descripción de la situación
El apartado 5.2.e) del Decreto 150/2002, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Plan de Manejo del Halcón Peregrino (Falco peregrinus) en el Principado de Asturias, incluye entre las directrices y actuaciones a realizar, el regular en las áreas críticas para dicha especia el desarrollo de ciertas actividades recreativas en el período comprendido entre el 15 de febrero y el 30 de junio. Entre las actividades sometidas a regulación se encuentran, entre otras, la escalada.
Por ello, y para proteger el Halcón Peregrino, la Consejería de agroganadería y recursos autóctonos del Principado de Asturias en su Resolución de 22 de marzo de 2012, por la que se regula la escalada en determinadas áreas críticas para el Águila Real, el Alimoche Común y el Halcón Peregrino en el Principado de Asturias regula la escalada en la zona de La Forcada.
En la escuela de escalada de La Forcada está prohibido escalar por nidificación del 15 de febrero al 30 de junio
Regulaciones
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Entre el 15 de marzo y el 30 de junio actividad no permitida en:En la escuela de escalada de La Forcada está prohibido escalar por nidificación del 15 de febrero al 30 de junio
Otros datos de esta área
Regulaciones en Principado de Asturias
Normativa
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publicado en Boletín Oficial de Asturias (BOPA) nº 95 de 25 de abril de 2012 | En vigor
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publicado en Boletín Oficial de Asturias (BOPA) nº 297 de 26 de diciembre de 2002 | En vigor
Enlaces
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Fuente oficial
*La regulación de esta zona puede no estar actualizada o presentar errores. Por favor, consulta fuentes oficiales. Esta información tan solo es orientativa.