Gorgas de la Vall Figuera
Parque Natural dels Ports
Zona con restricciones activas
Descripción de la situación
Al estar incluido este barranco en el Parque Natural de Els Ports, la Dirección General de Políticas Ambientales de la Generalitat de Cataluña ha regulado el descenso del Gorgas de la Vall Figuera, para el que es necesario solicitar autorización.
Además el rapel de 70 metros (el anterior a la unión de este barranco con el Salt de Ximenot) no puede realizarse por nidificación en el mismo entre el 15 de febrero y el 31 de julio.
- Es obligatorio el uso de neopreno en los barrancos que llevan agua.
- También es de aplicación el Decreto 56/2003, de 4 de febrero, por el que se regulan las actividades fisico-deportivas en el medio natural.
- El número máximo de personas que se autoriza para el descenso de cada uno de estos barrancos es de 140 por semana, contabilizada a partir de las 9 h del lunes. En un solo solicitante no se autorizarán más de 60 personas por semana, y se reservan 14 plazas (10% del total) para descensos que no comporten actividad empresarial.
- Es obligatorio solicitar autorización.
Montaña Regulada es un proyecto colaborativo
Los Administradores regionales ayudan a organizar, revisar y mejorar todas las áreas y sus regulaciones.
Como solicitar la autorización
Las solicitudes deben tramitarse con una antelación mínima de 3 días laborables antes de la actividad
La autorización puede solicitarse:
- En linea (https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Autoritzacio-dactivitats-en-espais-naturals-protegits?category=22436bbe-9e40-11e9-959c-005056924a59)
- Personalmente a las oficinas del Parc Natural dels Ports, (Av. Val de Zafán, s/n, 43520 Roquetes).
- Enviarla por correo postal o correo electrónico con certificado digital y con una antelación mínima de 3 días laborales antes de la realización de la actividad a [email protected].
Tendrán que constar los datos siguientes:
- Nombre de la entidad/empresa/o persona que solicita la autorización
- CIF/NIF
- Domicilio
- Teléfono
- Nombre del Barranco y Término municipal
- Número de participantes (exceptuando monitores)
- Número de monitores y titulación (en su caso)
- Fecha del descenso
- Los participantes tendrán que firmar una declaración responsable conforme asumen sus responsabilidades que puedan derivarse de la realización de la actividad solicitada, de acuerdo con lo establecido en la Ley 26/2010 de 3 de agosto, de régimen jurídico y procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña.
Si pasados tres días, a contar desde la entrada de la solicitud en les oficinas, el Parque Natural no ha contestado, la solicitud se considerará desestimada.
Regulaciones
El rapel de 70 metros (el anterior a la unión de este barranco con el Salt de Ximenot) no puede realizarse por nidificación en el mismo entre 15 de febrero y el 31 de julio.
Entre el 1 de agosto y el 14 de febrero, es necesario solicitar autorización.
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