Barranco de Madroñales
Zona con restricciones activas
Descripción de la situación
La Junta de Andalucía ha publicado la Resolución de 29 de junio de 2021, de la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Granada, por la que se prohiben los recorridos a pie dentro del cauce del río Cebollón y otros cauces existentes en el Parque Natural Sierras de Tejeda, Almijara y Alhama, en sus tramos por la provincia de Granada.
Según esta resolución, en la que se contempla:
Primero. Prohibir en el ámbito del Parque Natural Sierra de Tejeda, Almijara y Alhama dentro de la provincia de Granada, los recorridos a pie dentro de todas las corrientes naturales de agua, continuas o discontinuas, excepto cuando formen parte de un vial que los atraviese o discurra tradicionalmente por un tramo.
Estaría prohibido el descenso del Barranco de Madroñales al ser el barranquismo una actividad en la que se recorre a pie el río.
Tan solo se permitiría un tramo del río Verde:
Segundo. Excluir de esta prohibición el tramo actualmente autorizable (con autorización preceptiva) del barranco de los Chortales (río Verde), comprendido entre las coordenadas UTM (ETRS89 referidas al 30N) X_433.661; Y_4.078.298, lugar de cruce de Río Verde con el sendero del mismo nombre, y la Junta de los Ríos, X_434.297; Y_
4.076.612. El recorrido se inicia a unos 900 m de la Fuente de las Cabrerizas, siguiendo el sendero señalizado.
Se excluye asimismo el tramo aguas abajo del río Cacín, comprendido entre las coordenadas UTM (ETRS89 referidas al 30N) X_423.360; Y_4.088.191 ,desde su confluencia con el río Cebollón a la altura del complejo de la Resinera, y hasta su salida del Parque Natural, X_ 422.981; Y_4.089.679.
Regulaciones
Normativa
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publicado en Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 126 de 2 de julio de 2021 | En vigor
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