Barranco de las Chorreras
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Atención
Existen restricciones en vigor en esta área, por favor consulta las regulaciones
Descripción de la situación
Recientemente se declaró el entorno de las Chorreras de Cabriel como Monumento Natural y se publica la Orden 96/2019, de 18 de junio, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se aprueba el Plan Parcial por el que se regulan las actividades de uso público en el Monumento Natural de las Chorreras del Cabriel, en los términos municipales de Enguídanos y Víllora, provincia de Cuenca.
En dicha orden se contempla:
- Número máximo de personas que pueden descender el barranco es de 140 al día.
- El tamaño máximo de cada grupo es de 20 personas, acompañados de 2-3 guías.
- El tiempo mínimo de espera entre grupos es de 30 minutos.
- La actividad no se podrá iniciar más tarde de las 18:00 h.3.
- Para el cumplimiento de esta ordenación, las personas que deseen realizar la actividad deberán hacer una reserva previa de plazas a través de los medios habilitados para ello por los Ayuntamientos de Enguídanos y Víllora.
Como solicitar la autorización
Debe de dirigirse una solicitud a los ayuntamientos de Enguídanos de de Víllora. Además hay que pagar la tasa administrativa de 5 € por persona.
Hay empresas que realizan este barranco por lo que está muy solicitado, es necesario hacer la reserva con tiempo pues cuando se alcanza el número máx de plazas, no es posible añadir más plazas.
Regulaciones
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Otros datos de esta área
Normativa
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publicado en Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) nº 127 de 1 de julio de 2019 | En vigor
Enlaces
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