Urederra
Zona con restricciones activas
Descripción de la situación
El Río Urederra está dentro de la Reserva Natural Nacedero del Urederra, y es mediante la RESOLUCIÓN 229E/2019, de 16 de abril, de la Directora General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio por la que se establecen limitaciones en el acceso a la Reserva Natural Nacedero del Urederra (RN‑14), del Parque Natural de Urbasa y Andía que se establece la prohibición de acceso al nacimiento de dicho río.
En la resolución se establece:
- 3. Establecer la prohibición general de acceso al tramo final del sendero. La prohibición de acceso se realizará a partir de las siguientes coordenadas: X= 571.020 e Y= 4.739.262 (sistema de coordenadas WGS84).
ANEXO I
- 4.–En toda la Reserva Natural no está permitido las actividades como: hacer fuego, baño, circular con bicicletas, vehículos eléctricos o de motor, acampada, escalada o barranquismo.
Al estar el Barranco del Urederra en dicha Reserva Natural, su descenso está prohibido.
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Normativa
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publicado en Boletín Oficial de Navarra (BON) nº 92 de 14 de mayo de 2019 | En vigor
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