Ricote

Actualizado 22:01 10/01/24 Murcia · Escalada

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Escalada Sostenible Murcia es una de las organizaciones locales que velan por la compatibilidad entre la escalada y la conservación en Murcia y Región de Murcia

Descripción de la situación

La zona de escalada de Ricote se encuentra dentro de la Zona Especial de Conservación (ZEC) de la Sierra de Ricote y La Navela, regulada mediante el Decreto n.º 231/2020, de 29 de diciembre, de declaración de la Zona Especial de Conservación (ZEC) de la Sierra de Ricote y La Navela, y de aprobación del Plan de gestión integral de los Espacios Protegidos Red Natura 2000 de la Sierra de Ricote y La Navela.

En esta norma se establece en el artículo

5.4.5. Turismo y uso público:

Las zonas de escalada se sitúan en los sectores conocidos como «Piedra Lisa», «La Víbora», «Chenta de la Mezquita», «Saltador de Marín», «Cueva Negrete» y «Peñón de Mazarrón».

En algunas de estas áreas, se encuentra restringida la práctica de la escalada a causa de la nidificación de aves rapaces. En particular se prohíbe la escalada entre enero y julio en los sectores de «Piedra Lisa» y «Chenta de la Mezquita».

11.1.6.b) Regulaciones (RUP)

RUP.5ª. En particular, sobre la práctica de la escalada en los Espacios Protegidos de la Red Natura 2000 de Ricote y La Navela:

  • a) Solo estará permitida la práctica de la escalada en la Sierra de Ricote, en los sigulentes sectores, que se mantendrán convenlentemente señalizados al visitante: Piedra Lisa, La Víbora, Chentas de la Mezquita, Saltador de Marín, Cueva Negrete y Peñón de Mazarrón.
    Estos sectores podrán ser actualizados mediante resolución del órgano directivo competente en la gestión de los espacios protegidos, previo informe de la Comisión de Participación.
  • b) En los sectores de escalada citados anteriormente, estará permitida la escalada todo el año, a excepción de los sectores de Pledra Lisa y Chentas de la Mezquita, donde queda prohibida la escalada entre el 1 de enero y el 31 de julio.
  • c) Las actuaciones de reequipamiento y conservación de las vías requerirán comunicación, en la que se harán constar todas las características necesarias para su valoración. Estas actuaciones deberán realizarse con la colaboración de la Federación de Montañismo de la Región de Murcia.

Zonas / Sectores

Saltador de Marín
Sin restricciones
Cueva Negrete
Sin restricciones
Peñón de Mazarrón
Sin restricciones
Piedra Lisa
Prohibición entre el 1 de enero y el 31 de julio
Chentas de la Mezquita
Prohibición entre el 1 de enero y el 31 de julio
La Víbora
Sin restricciones
Sector / Zona
Regulaciones
Saltador de Marín
Sin restricciones
Cueva Negrete
Sin restricciones
Peñón de Mazarrón
Sin restricciones
Piedra Lisa
Prohibición entre el 1 de enero y el 31 de julio
Chentas de la Mezquita
Prohibición entre el 1 de enero y el 31 de julio
La Víbora
Sin restricciones

Regulaciones

Actividad prohibida determinados meses
Permitido
1 ene
Prohibición En periodo de regulación
31 jul
Permitido

Sectores de Piedra Lisa y Chentas de la Mezquita, donde queda prohibida la escalada entre el 1 de enero y el 31 de julio.

Afecta a los sectores/zonas/vías:
  • Piedra Lisa
  • Chentas de la Mezquita

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Otros datos de esta área

Regulaciones en Región de Murcia

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