Priañes
Descripción de la situación
El apartado 5.2.b) del DECRETO 135/2001, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Plan de Manejo del Alimoche Común (Neophron percnopterus) en el Principado de Asturias, incluye entre las directrices y actuaciones, el regular las actividades recreativas a realizar en las áreas críticas de ciertas parejas de alimoche durante el período reproductor (marzo a julio, ambos incluidos). entre las actividades sometidas a dicha regulación se encuentra, entre otras, la escalada.
Por ello, y para proteger el Alimoche Común, la Consejería de agroganadería y recursos autóctonos del Principado de Asturias en su Resolución de 22 de marzo de 2012, por la que se regula la escalada en determinadas áreas críticas para el Águila Real, el Alimoche Común y el Halcón Peregrino en el Principado de Asturias regula la escalada en la zona de Priañes.
Posteriormente, en 2021 se publica la Resolución de 12 de abril de 2021, de la Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial, en orden de la protección del águila real (Aquila chrysaetos) al alimoche común (neophron percnopterus), al halcón peregrino (Falco peregrinus) y al buitre leonado (Gyps fulvus) durante sus períodos de reproducción y crianza
En 2022 se vuelve a modificar mediante la resolución Resolución de 15 de noviembre de 2022, de la Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial, por la que se regula la escalada en determinadas áreas críticas para aves rapaces rupícolas protegidas en el Principado de Asturias.
En esta última resolución se establecen las zonas permitidas y restringidas.
Leyenda de las zonas del mapa:
- Zonas en la que está prohibida la escalada durante la época de reproducción de las aves rapaces rupícolas protegidas presentes en la zona. Representada en rojo.
- Zonas en las que la restricción temporal podrá ser retirada para aquellos nidos en los que se compruebe, por parte de la Guardería y/o técnicos de la Dirección de General del Medio Natural y Planificación Rural, que las especies consideradas se están reproduciendo en otros nidos de su territorio fuera de las zonas de escalada. Representada en amarillo.
- Zonas en las que no existe restricción para escalar. Representada en verde.
- Zonas piloto en las que se hará un seguimiento por parte de Guardería y/o técnicos de la Dirección de General del Medio Natural y Planificación Rural de las interacciones entre la práctica de la escalada y la reproducción de las aves rapaces rupícolas. En dichas zonas los escaladores deberán ser cautelosos en su práctica deportiva para evitar molestias a las aves rapaces rupícolas reproductoras de la zona. En el anexo cartográfico representada en tramado negro
Montaña Regulada es un proyecto colaborativo
Los Administradores regionales ayudan a organizar, revisar y mejorar todas las áreas y sus regulaciones.
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Otros datos de esta área
Normativa
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publicado en Boletín Oficial de Asturias (BOPA) nº 229 de 29 de noviembre de 2022 | En vigor
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publicado en Boletín Oficial de Asturias (BOPA) nº 92 de 14 de mayo de 2021 | En vigor
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publicado en Boletín Oficial de Asturias (BOPA) nº 294 de 21 de diciembre de 2001 | En vigor
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publicado en Boletín Oficial de Asturias (BOPA) nº 95 de 25 de abril de 2012 | En vigor
Enlaces
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Fuente oficial
Áreas cercanas con regulaciones
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