Luque
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Atención
Existen restricciones en vigor en esta área, por favor consulta las regulaciones
Descripción de la situación
El 30 de marzo, se publica el Anuncio de 24 de marzo de 2022, de la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Córdoba, por la que se regula la práctica de la escalada en el Parque Natural Sierras Subbéticas y su área de influencia. Tras años sin un documento que regulase la práctica de la escalada en el se contemplan zonas sin restricciones y otras con regulaciónes temporales.
- La escalada en las áreas Sin Restricciones es libre, sin necesidad de comunicarlo previamente a la autoridad ambiental competente. No obstante, es recomendable cerciorarse de que la zona seleccionada no ha sufrido cambios por motivos de conservación.
- La práctica de la escalada en áreas Con Restricciones fuera del periodo de cría requerirá la previa comunicación al Parque Natural Sierras Subbéticas, por registro administrativo, con 48 horas de antelación mínima a la fecha prevista
Como solicitar la autorización
Es necesario realizar comunicación (no solicitud de permiso) a la Dirección del Parque Natural al menos 45 horas antes de la fecha prevista, cada una de las actividades a realizar mediante, bien mediante el nº de fax (957 506 985) ó a través de su correo electrónico: [email protected] El teléfono de los Agentes de Medio Ambiente, para cualquier incidencia o necesidad es el 671 595 498.
Zonas / Sectores
Cerro del Algarrobo
Prohibición entre el 1 de enero y el 14 de julio
Comunicación previa entre el 15 de julio y el 31 de diciembre |
Los Cantares
Prohibición entre el 1 de enero y el 14 de julio
Comunicación previa entre el 15 de julio y el 31 de diciembre |
Monserrat
Prohibición entre el 1 de enero y el 14 de julio
Comunicación previa entre el 15 de julio y el 31 de diciembre |
Castillo de Luque
Prohibición entre el 1 de enero y el 14 de julio
Comunicación previa entre el 15 de julio y el 31 de diciembre |
Moro Colgao
Sin restricciones
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Antenas
Sin restricciones
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Comunicación previa entre el 15 de julio y el 31 de diciembre
Comunicación previa entre el 15 de julio y el 31 de diciembre
Comunicación previa entre el 15 de julio y el 31 de diciembre
Comunicación previa entre el 15 de julio y el 31 de diciembre
Regulaciones
Se establece una restricción temporal para la práctica de escalada para evitar generar afecciones al medio natural. En dichas zonas sólo se permitirán actividades de escalada en el periodo comprendido en el año entre el 15 de julio y el 31 de diciembre (ambos días inclusive).
- Cerro del Algarrobo
Conformado por 4 sectores - Los Cantares
- Monserrat
- Castillo de Luque
Se establece la necesidad de comunicación previa( NO solicitud de autorización) al Parque de la realización de la actividad
- Cerro del Algarrobo
Conformado por 4 sectores - Los Cantares
- Monserrat
- Castillo de Luque
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Otros datos de esta área
Regulaciones en Andalucía
Normativa
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publicado en Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 61 de 30 de marzo de 2022 | En vigor
*La regulación de esta zona puede no estar actualizada o presentar errores. Por favor, consulta fuentes oficiales. Esta información tan solo es orientativa.