Corme - Roncudo
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Atención
Existen restricciones en vigor en esta área, por favor consulta las regulaciones
Descripción de la situación
Atención
Según informa Escalada Sostenible Galicia, debido a las obras del parque eólico en la zona de Corme, cuando se vaya a hacer bloque en los sectores Desplome brutal, Ingrávido y Percebellosa, los trabajadores de seguridad avisan de que pasemos por la caseta en la que están (al nada de coger la pista de tierra) para avisar de que se va a escalar. Estos trabajadores indicarán donde se puede aparcar ya que por las obras no está permitido aparcar ni circular por las pisas de los eólicos. En los otros sectores de Corme en los que haya eólicos hay que aparcar fuera de las pistas de tierra. Desde Escalada Sostenible Galicia solicitan que se cumplan estas medidas para que no se limite totalmente el acceso a los sectores.
Más información: https://www.facebook.com/escaladasosteniblegalicia/posts/1339813376414017
Corme - Roncudo se trata de una zona de escalada en bloque de la provincia de Coruña, situada en la ZEC Costa da Morte, le afecta la regulación de la zona Red Natura 2000 de Galicia. Además, en el sector "Ancestros" está prohibido escalar por motivos arqueológicos.
El Decreto 37/2014, de 27 de marzo, por el que se declaran zonas especiales de conservación los lugares de importancia comunitaria de Galicia y se aprueba el Plan director de la Red Natura 2000 de Galicia establece la regulación de las zonas Red Natura de Galicia.
El mismo establece:
Artículo 61. Uso público y actividades deportivas
- 3. Normativa general.
- f) Usos y actividades autorizables.
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3º) El desarrollo de las siguientes actividades de uso público precisará de autorización expresa del órgano autonómico competente en materia de conservación de la naturaleza, que, a la vista de la solicitud, podrá fijar condiciones específicas para su realización o, en su caso, su prohibición cuando pueda afectar de forma apreciable al estado de conservación de los hábitats de interés comunitario o a los hábitats de las especies de interés para la conservación:
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viii) La escalada y el alpinismo cuando se realice sobre afloramientos rocosos y no lleve consigo una afección apreciable para el estado de conservación de los hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE, o sobre los núcleos poblacionales de las especies de interés para la conservación.
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- f) Usos y actividades autorizables.
Regulaciones
Prohibido escalar en el sector Ancestros debido a la existencia de petroglifos y grabados arqueológicos.
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Otros datos de esta área
Regulaciones en Galicia
Normativa
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publicado en Diario Oficial de Galicia (DOG) nº 62 de 13 de marzo de 2014 | En vigor
Enlaces
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