Barranco de Túnez
Zona con restricciones activas
Descripción de la situación
La Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía ha publicado el DECRETO 98/2005, de 11 abril, por el que se aprueban el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales y el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural Sierra de Castril, en él establecen en el artículo 5.3.5. Uso público, turismo en el medio rural y turismo activo.
3. Requerirán autorización previa de la Consejería de Medio Ambiente las actividades, a iniciativa de particulares o de asociaciones para sus asociados, que se citan a continuación:
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g) El barranquismo.
Debido a que el Barranco de Túnez está dentro del área del Parque Natural Sierra de Castril es necesario solicitar autorización durante todo el año.
Como solicitar la autorización
La autorización puede solicitarse online o mediante registro.
Online
- Es necesario certificado digital
- Acceso a tramitación telemática
Mediante registro
- Presentar en un registro publico la autorización dirigida a
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Delegación Territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía en Granada
C/ Joaquina Eguaras nº 2
Edificio Almanjayar
18013 Granada
Aquí explicamos como realizar la solicitud de autorización https://montanaregulada.org/pages/como-solicitar-autorizacion-para-realizar-actividades-en-los-espacios-naturales-protegidos-de-andalucia
Regulaciones
Normativa
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publicado en Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 110 de 8 de junio de 2005 | En vigor
Enlaces
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Fuente oficial
*La regulación de esta zona puede no estar actualizada o presentar errores. Por favor, consulta fuentes oficiales. Esta información tan solo es orientativa.
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